UNIVERSIDAD COMPLUTENSE: PROPUESTAS PARA MEJORAR SU SITUACION ECONOMICA Y VIDEOS RELATIVOS A LA MISION DE LA UNIVERSIDAD



Se agupan en esta entrada dos piezas separadas cuyos títulos son:


 PROPUESTAS PARA MEJORAR LA SITUACION ECONOMICA DE LA 
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE 
VIDEOS SOBRE LA MISION DE LA UNIVERSIDAD


Escudo de Cisneros. Casa de la Entrevista. Alcalá de Henares 



PROPUESTAS PARA MEJORAR LA SITUACION ECONOMICA
 DE LA 
UNIVERSIDAD COMPLUTENSE


OBSERVACIONES PRELIMINARES 


1. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, los profesores numerarios de universidad son, a pesar de habérseles suprimido el derecho de traslado, funcionarios del Estado destacados en universidades públicas concretas. Así incluso lo pone de manifiesto el carácter estatal que aún asiste a su acreditación.

2. De acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, los estatutos de las universidades emanan directamente del art. 27-8 de la Constitución, poseyendo, por tanto, las leyes de autonomía universitaria ta sólo un mero carácter coordinativo.

3. A diferencia de lo que a menudo se hace apelando a razones de una denominada "solidaridad", no ha lugar a homologar a los profesores con el personal de administración y servicios de las universidades públicas. Sus regímenes jurídicos son por completo diferentes.


PROPUESTAS RELATIVAS A LAS FACULTADES Y DEPARTAMENTOS ACTUALMENTE EXISTENTES EN LA UNIVERSIDAD COMPLUTENSE


I. Disminuir el número de facultades y departamentos de la Universidad Complutense. A tales efectos y como línea general de actuación, deberían agruparse las actuales facultades reduciendo su número, convirtiendo departamentos en secciones y secciones en unidades docentes. De este modo, se recuperarían, por ejemplo, tanto la Facultad de Ciencias como la de Filosofía y Letras. Incluso cabría plantear si Derecho, Ciencias Políticas, Sociología y Economía no debieran de ser integradas en una única Facultad, sita, por ejemplo, en el campus de Somosaguas.

II. Supuesto, por ejemplo, que se recuperase, más o menos, la antigua Facultad de Ciencias, procedería su división en Departamentos. En lo que se refiere a las Matemáticas, deberían corresponderle dos o tres departamentos, uno denominado Departamento de Matemáticas, otro denominado Departamento de Matemáticas Aplicadas y todo lo más otro encargado de la Estadística e Investigación Operativa. El Departamento de Matemáticas se dividiría en tres secciones, no otras sino las de Geometría y Topologia, Algebra y Análisis Matemático. Parece razonable pensar que, en lo que se refiere a las Ciencias Físicas o las ciencias Químicas, habría de darse una división similar a la propuesta para Matemáticas. Con las demás nuevas facultades resultantes de este proceso de fusión de los departamentos ahora existentes, se procedería de idéntico modo.

III. El proceso de fusiones que se propone eliminaría cargos -decanos, directores de departamento o secretarios académicos-, pero no afectaría en absoluto al procedimiento que actualmente se sigue para, por ejemplo, fijar, conforme a rango y antigüedad, la carga docente de los profesores. En efecto, allá donde se estaba ante los miembros de un consejo de departamento reuniéndose para fijar esa programación docente, en la nueva situación se estaría ante los miembros de una sección departamental o unidad docente reunidos a tal efecto y con las mismas competencias de los departamentos al efecto.

IV. El proceso de fusiones que se propone conllevaría, pues, la eliminación automática e íntegra de los complementos de sueldo de los que disfrutan los profesores que fuesen, decanos, directores de departamento, secretarios, vicedecanos o secretarios en las facultades, departamentos o secciones departamentales que resultaran suprimidos debido al procedimiento de fusiones expuesto.

V. Recuperar, por ejemplo y a título de ilustración, la antigua Facultad de Ciencias, conllevaría suprimir 6 sueldos de decano y muchos más de directores o secretarios de departamento. Dado que en la Universidad Complutense existen unos 150 departamentos, resulta fácil estimar el gran ahorro de dinero que supondría que la propuesta que se ha formulado se aceptara.

VI. Manifiestamente los departamentos que, en este momento, ni cumplen con los requisitos estatutarios, han de ser disueltos ya y no precisamente por razones presupuestarias.



Brocal. Antiguo Colegio complutense de San Ildefonso. 



RELATIVAS AL ACTUAL PROFESORADO NUMERARIO Y AL RETRASO VOLUNTARIO DE SU JUBILACION

I. Recabar de las Instancias que procedan que aquellos profesores numerarios que voluntariamente lo deseen no tengan que jubilarse obligatoriamente a los 70 años, sino que puedan continuar automáticamente como tales funcionarios en ejercicio con solo comunicarlo a la Autoridad, supuesto que sus condiciones físicas se lo permitan y hasta los 75 años. En otros términos: Se trataría de extender a los profesores de universidad numerarios, un régimen que ya existe en el Estado español para los jueces, notarios y registradores, todos ellos jubilándose a los 75 años de edad si así lo desean. Esta propuesta prolongación de la vida académica a partir de los 70 años, estaría sujeta a las siguientes condiciones:

1. La obligación en horas de docencia del interesado quedaría reducida al menos en un 50%.
       
2. El sueldo que le correspondería vendría dado por la suma del equivalente a la jubilación a los 70 años y de un complemento que equitativamente cubriese la dedicación docente antes referida.      

II. La propuesta prolongación voluntaria de la vida académica de los profesores de universidad numerarios por encima de los 70 años se fundamenta en:                                                         

1. Razones atendiendo a la actividad docente                                                                              
     
a. Permitiría que los alumnos matriculados en carreras universitarias -singularmente los de los primeros cursos o a los que siguieran cursos monográficos especializados-, se beneficiaran de esa visión de las disciplinas universitarias presentes en los planes de estudio que poseen los profesores con dilatada experiencia, visión complementaria -que no similar- a la de los profesores de menor edad.                                                                                                                                                  

b. Permitiría potenciar la organización de esos seminarios tan propios, por ejemplo, de la tradición académica alemana. Asimismo permitiría atender eventualmente a cursos organizados para personas ya académicamente formadas, sujetas, o no, a vida laboral activa. Estos cursos sancionados, o no, mediante certificados acreditativos podrían ser, por ejemplo, del tipo de los del College de France y, en consecuencia, no tendrían necesariamente carácter divulgativo, sino, en general, todo lo contrario. La Universidad pública atendería, de este modo, a la necesidad social cada vez más acusada por parte de esos ciudadanos que, en posesión de titulaciones universitarias, desean, no obstante, proseguir sus estudios en función de planteamientos personales de lo más diverso y no necesariamente derivados de su situación laboral. Los derechos de matrícula correspondientes y a semejanza de lo que ya sucede en el ámbito de las universidades privadas, podrían convertirse en una fuente de ingresos para las universidades públicas, en particular para la UCM. 
                                                                              
c. Permitiría caodyuvar a estar por completo en sintonía con la nueva política universitaria de la Unión Europea en materia de universidades, política que se propone desarrollar la actual Presidencia irlandesa que acaba de tomar posesión. En efecto: La Unión Europea, en lugar de otorgar la importancia que se venía concediendo al campo de la investigación, pretende valerse de un nuevo sistema de valoración de las universidades -el U-Multirank- que trataría de clasificarlas de acuerdo con una "amplia gama de factores" divididos en cinco áreas independientes. De este modo, las universidades europeas serán puntuadas atendiendo a su "reputación para la investigación", a su "calidad de la enseñanza y el aprendizaje", a su "orientación internacional", a su "éxito en la transferencia de conocimientos" y por su contribución al "crecimiento regional" (véase Addenda en la que se reproduce íntegro el texto de donde proceden los entrecomillados).                                      

2. Razones atendiendo a la realidad presupuestaria en general

a. No obligaría al Estado a tener que pagar a los propuestos profesores numerarios con más de 70 años y no jubilados, el sueldo completo que percibían antes de alcanzar los 70 años, sino sólo el equivalente a la pensión que les hubiese correspondido de haberse jubilado.                                 

b. Liberaría, por tanto, al fondo de las clases pasivas del Estado de tener que hacerse cargo de nuevos jubilados, con lo que ello supondría de inestimable ayuda en un momento en el que sucede:              

-. Que, por cada jubilado, ya hay en España menos de dos trabajadores en activo para mantenerlo.

-. Que la esperanza de vida en España supera ya los 80 años.                                                              

 -. Que el Estado ha tenido ya que recurrir al Fondo de Contigencia para atender las jubilaciones de sus clases pasivas por dos veces consecutivas, una incrementado en el año 2011 el presupuesto inicial de 10.489 millones de euros para jubilaciones de sus clases pasivas en un 7,5% con cargo a ese Fondo de Contingencia y en 2012 incrementando el presupuesto inicial de 11.281 millones de euros y por idético concepto en otros 396 millones de euros, de nuevo con cargo al Fondo de Contingencia. 

-. Que el número de personas que se van a ir jubilando en los próximos años va ir de nuevo en aumento, ya que la natalidad en España conoció un notable crecimiento en torno a 1945, debido a esa relativa normalización de la vida que supuso el final de la Guerra civil en 1939.                            

3. Razones atendiendo a la realidad presupuestaria específicamente universitaria                              

a. Permitiría formar un fondo -incluso con carácter obligatorio- del que podrían disponer las universidades -o sólo la Universidad Complutense caso de que fuera la única universidad afectada- para la contratación de algo tan absolutamente obligado como es la contratación de ayudantes. Y es que esos profesores numerarios en activo con más de 70 años percibirían, como ha quedado expuesto, un sueldo inferior al que les correspondía cuando cumplieron los 70 años.                                     

b. Permitiría ir atendiendo con profesorado numerario la docencia que actualmente imparten los profesores no numerarios, cuyos contratos van a dejar de ser -inevitablemente y en gran número- prorrogados.                                                                                                                                  

III. La propuesta prolongación voluntaria de la vida académica de los profesores de universidad numerarios se caracteriza en definitiva:                                                                                            

1. Por reconocer, de algún modo, en el ámbito de la universidad española y en concreto de la Universidad Complutense, la conocida y ampliamente aceptada doctrina del Tribunal Supremo de los Estados Unidos de Norteamérica según la cual la jubilación es un derecho y no una obligación que el Estado pueda imponer. En otros términos: Nadie puede ser obligado a jubilarse si está en condiciones de desempeñar su trabajo.                                                                                                                      

2. Por no tener un carácter excepcional, a diferencia de lo que sucedió con la creación de los denominados "profesores eméritos", tras que el primer Gobierno presidido por D. Felipe González adelantara la edad de jubilación de los 70 años a los 65 años de edad. En efecto:                              

a. No tiene carácter extraordinario, sino, en su voluntariedad, carácter ordinario.                            

b. No depende de dictamen preceptivo de órgano académico alguno, ya que considera que el ingreso por oposición en la función pública y la ausencia de expedientes sancionadores posteriores, legitima a un profesor numerario para proseguir en el ejercicio de la misma, siempre que las condiciones físicas lo permitan, allende los 70 años y hasta los 75 años. Es más, entiende que no ha lugar a informes, por ejemplo, de los consejos de departamento a los que esos profesores pertenecen, ya que esos consejos, por haber formado dichos profesores parte de ellos, son partes interesadas en el procedimiento y susceptibles, en consecuencia, de recusación en evitación de los "ajustes de cuentas" de naturaleza personal o ideológica que podrían producirse, tal los habidos a la hora de nombrar profesores eméritos del tipo creado siendo Presidente del Gobierno D. Felipe González y de los que la prensa escrita ha dado más que abundante y vergonzoso testimonio.                                                            

c. Por ser diametralmente opuesta al régimen de prejubilaciones, asimismo bajo la denominación de profesores eméritos pero con contenido diferente, aprobado por el Consejo de Gobierno de la Universidad Complutense, siendo Rector el Excmo. y Magnífico Sr. D. Carlos Berzosa Alonso-Martínez y Vicerrector de Ordenación Académica el Excmo. Sr. D. Carlos Andradas Heranz. Y es que:                                                                                                                                                        

-. No incurre en ninguno de los motivos de absoluta falta de fundamentación en Derecho que el pasado curso apreció en las citadas prejubilaciones el Tribunal de Cuentas del Estado, determinando su supresión obligada.                                                                                                                      

 -. No conlleva utilización alguna de los fondos de la Clases Pasivas y de la Seguridad Social, evitando, así, apoderarse de las cuotas dinerarias de los trabajadores españoles.                                  

d. Por permitir ese bien inestimable que supone contribuir a que toda persona -más conforme su edad avanza-, se valga por si misma sin que precise de los fondos de las clases pasivas del Estado o de la Seguridad Social. Es más, en la medida que se le permita el trabajo intelectual -tal como el profesor Mora Teruel de la Universidad Complutense, entre otros, ha señalado-, ha de ser más feliz y menos o nada gravosa para los demás.


                                                                                                                                                                  
Portada. Colegio de Málaga. Antigua Universidad Complutense


                                                                                                                                       
                      RELATIVAS AL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS                        

I. Transferir el Personal de Administración y Servicios de la Universidad Complutense,-en adelante PAS- excluido el adscrito a su Biblioteca, a sus servicios informáticos y a algún otro muy específico como pueda ser la gestión del patrimonio de la Universidad Complutense -a veces con entidad artística- a la Comunidad de Madrid.                                                                                               

1. La propuesta se fundamenta en las siguientes razones:                                                                      

a. La Comunidad de Madrid precisa, salvo mejor entender, de ese personal para cometidos de mucha mayor relevancia que los que actualmente le ocupan en la Universidad Complutense.                 

b. Supondría para sus miembros mejoras retributivas.                                                                    

c. Supondría disminuir muy considerablemente el riesgo de desempleo que, en ámbito de la Universidad Complutense, se cierne sobre dicho colectivo, ya que, pasando a la Comunidad de Madrid, este riesgo sería menor, dado que muchos servicios administrativos de la misma están a la espera de un personal cualificado del que no disponen, secillamente porque el personal de las administraciones públicas se concentra donde no es necesario y está ausente allá donde se le precisa.

2. La propuesta sólo traería beneficios para la Universidad Complutense. En efecto:                     

a. Conllevaría el que volviera a existir un Interventor en la Universidad Complutense que, aunque no dependiera de la Administración central del Estado, al menos dependería de la Comunidad de Madrid. Como es sabido, fue en tiempos del Rector Villapalos cuando la figura del interventor no nombrado por el Rector, dejó de existir, con lo que ello supuso de pérdida de un control externo del gasto de la Universidad Complutense por completo independiente de sus autoridades.                  

b. Conllevaría el que, al pasar a depender los gerentes de las facultades de la Universidad complutense de la Comunidad de Madrid, la "división de poderes" en ella quedaría aún más reforzada y por razones similares a las expuestas punto anterior.                                                                                          
 c. Conllevaría el que, al pasar a depender la Inspección de Servicios de la Universidad Complutense -fusionada a ser posible con las inspecciones de servicios de las demás universidades públicas madrileñas-, el régimen sancionador y disciplinario sería mucho más garantista, dada la mayor distancia que se daría entre el "justiciable" y los "jueces" que lo habrían de juzgar.  


RELATIVAS A LA POLÍTICA DE COMPRAS Y CONTRATACIÓN DE SERVICIOS
                       

I. Las compras cuanto mayor sea su escala, se hacen a precios más reducidos. Se está ante la misma situación que se vive actualmente en la Sanidad pública, por haber sido ésta desmembrada por comunidades autónomas.  


RELATIVAS A LAS ACTUALES PREJUBILACIONES DENOMINADAS 
                                                                                                                 

I. Son, salvo mejor entender, nulas. Peor: Obligan a la Universidad Complutense, a pesar de lo calamitoso de sus cuentas, a pagar, con cargo a sus presupuestos y a los titulares de las mismas, unas cantidades de las que la Universidad Complutense no puede, por tanto, disponer para aliviar su deuda. Se trata, en consecuencia, de una práctica que se ha de cortar, no ya sólo hacia el futuro como se ha hecho, sino atendiendo a los efectos retroactivos que tiene. La Universidad Complutense no es una empresa privada. Otra cuestión es la responsabilidad que al respecto pudiera ser exigible, así como la reparación económica de los daños personales que se hayan ocasionado. Se trata, por lo demás, de un problema que alcanza de lleno a la Comunidad de Madrid.                                                                                                                         
 Madrid, 10-Febrero-2013                                                                      Firmado: Jesús Fortea Pérez




Alcalá de Henares. Ermita de los Doctrinos

                                                                    
ADDENDA
                                                                                                                                        http://www.elintransigente.com/notas/2013/1/30/union-europea-u-multirank-nuevo-sistema-para-clasificar-las-universidades-168543.asp
                                                                             

 EL INTRANSIGENTE.COM, 30-Enero-2013

Unión Europea: "U-Multirank" nuevo sistema para clasificar las universidades: La presidencia irlandesa de turno de la Unión Europea y la Comisión Europea (CE) presentó hoy en Dublín un nuevo sistema de calificación de universidades que se centra más en su carácter "multidimensional" que en la investigación. EUROPA.- El nuevo sistema de evaluación, denominado U-Multirank y al que se espera se adscriban 500 centros educativos, pretende alejarse de los "enfoques tradicionales" que han marcado los análisis de la calidad de la enseñanza. En lugar de otorgar una importancia "desproporcionada" al campo de la "investigación", U-Multirank clasificará las universidades de acuerdo a una "amplia gama de factores" distribuidos en "cinco áreas independientes". Las instituciones serán puntuadas según su "reputación para la investigación", por la "calidad de la enseñanza y el aprendizaje", su "orientación internacional", su "éxito en la transferencia de conocimientos" y por su contribución al "crecimiento regional". Según la comisaria europea de Educación, Juventud y Cultura, Androulla Vassiliou, las autoridades comunitarias deben "pensar y actuar" de manera "estratégica" para desarrollar todo el "potencial de nuestras universidades", para lo cual es necesario "obtener mejor información sobre cómo funcionan y qué ofrecen". "Los ránking existentes tienden a destacar, sobre todo, los logros investigadores, pero U-Multirank ofrecerá a los estudiantes e instituciones una imagen clara sobre su actuación en una variedad de áreas importantes", explicó en la nota la comisaria. En opinión de Vassiliou, esta evaluación, cuya primera lista se dará a conocer a principios de 2014, servirá para que los estudiantes puedan determinar cuál es el centro de enseñanza superior que más les conviene. También contribuirá a "modernizar y mejorar" la calidad de la enseñanza, pues ofrecerá a los centros educativos herramientas para identificar "sus puntos fuertes y débiles", al tiempo que "aprenderán de las experiencias" ajenas. Asimismo, agregó la comisaria, posibilitará a los "legisladores" tener una panorámica más general sobre sus sistemas educativos con vistas a reforzar el "rendimiento global de sus países". Por su parte, el ministro irlandés de Educación, Ruairi Quinn, reafirmó hoy el compromiso de la presidencia rotatoria, que desempeña Irlanda durante el primer semestre del año, para ayudar en la "puesta en marcha" de este proyecto. "A medida que la educación superior es cada vez más crucial para el bienestar social, cultural y económico de Europa, necesitamos que nuestros sistemas educativos tengan más calidad y diversidad", señaló el ministro irlandés.




 Alcalá de Henares. Convento de Santa Úrsula



VIDEOS SOBRE LA MISION DE LA UNIVERSIDAD



 1. La Modernidad aún no cayó:
http://www.youtube.com/watch?v=WbnerycIOiY

2. La Universidad Complutense ya no cumple con su misión:
http://www.youtube.com/watch?v=AUZw-Q47YME&feature=mfu_in_order&list=UL




Casa de los Lizana. Alcalá de Henares